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Universidad Nacional Policial de Honduras |
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Copyright:-> JEZA
ISEP/UNPH |
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Manual del Alumno |
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MANUAL DE DISCIPLINA DEL OFICIAL ALUMNO (A) ISEP.
REGIMEN DISCIPLINARIO
PRIMERA PARTE
CAPITULO I
FUNDAMENTOS BÁSICOS
SECCION I
ARTÍCULO 1: De la finalidad y el papel del Oficial Alumno.
A. FINALIDAD:
El presente manual es para orientar a los Oficiales alumnos (as)
integrantes de los Cursos, Diplomados y cualquier otra modalidad o metodología
educativa que imparte el ISEP, para facilitarles los medios necesarios para el
logro de los objetivos trazados.
Ofrecer las informaciones necesarias para que el Oficial Alumno (a)
pueda actuar y trabajar con propiedad y conocer las normas y procedimientos
que rigen las actividades académicas, administrativas y disciplinarias.
B. PAPEL DEL OFICIAL ALUMNO (A) EN EL I.S.E.P.
El Oficial Alumno (a), es considerado poseedor de grandes aptitudes
para vencer los valladares y realizar el evento educativo para el cual ha
sido designado; y por consecuencia altamente motivado para conquistar los
objetivos correspondientes.
La Dirección del ISEP no tendrá que preocuparse extraordinariamente
por la situación disciplinaria del personal integrante del evento educativo,
por cuanto los mismos están constituidos por Oficiales de alta solvencia moral
y sólidos principios disciplinarios.
La conciencia de la auto-disciplina, la concepción del deber de aprender,
la percepción del deber de ayudar, de colaborar, de servir mejor a los sagrados
interéses de la Patria, el juicio de estar disfrutando de una oportunidad que debe
ser aprovechada al máximo, con la práctica de estos valores será suficientes para
asegurar el éxito.
Este Manual procura tomar en cuenta todos estos aspectos a través de normas,
formas y cualquier otra información que facilite el mejor desenvolvimiento y
comportamiento del Oficial Alumno(a).
ARTICULO 2: De la Visión, Misión y Objetivos.
A. VISION:
Aportar a la sociedad los profesionales de las ciencias Policiales, capaces
e idóneos en el cumplimiento de las funciones consagradas constitucionalmente,
caracterizado por la integración de los valores éticos, morales, espirituales y sociales,
capaces de redinimizar y optimizar los procesos a fin de entregar servicios efectivos a
la sociedad.
B. MISIÓN:
Formar profesionales de las ciencias policiales, del más alto nivel, bajo los
principios de excelencia académica, el honor y el servicio, bajo los procesos de Docencia,
Investigación y Extensión, a fin de dinamizar la función policial que garantice la seguridad
ciudadana y el orden público, basado en el respeto, promoción y protección de los derechos
humanos.
C. OBJETIVOS:
1. Formar al Policía, profesional, científica y técnicamente a fin de participar
eficientemente en la solución de los problemas nacionales con pleno conocimiento de la
realidad del país hacia su desarrollo.
2. Capacitar y especializar al Oficial de Policía a fin de asegurar en toda la
República el orden, la seguridad de las personas y sus bienes; y el cumplimiento de
las Leyes.
3. Preparar Oficiales de Policía con amplia cultura para el ejercicio de cargos
de mando, que la fuerza policial requiere.
SECCION II
ARTICULO 3: De la Organización Educativa.
A. EVENTOS EDUCATIVOS QUE IMPARTE EL ISEP:
1. Sistema de Educación Formal:
a. Diplomado Operaciones Policiales con Orientación en Turismo.
b. Diplomado Gestión de Recursos Policiales con Orientación en investigación de Accidentes de Tránsito.
c. Diplomado Gerencia Ejecutiva Policial con Orientación en Balística.
d. Diplomado Desarrollo Institucional con Orientación Liderazgo Estratégico.
e. Diplomado de Investigación Criminal.
f. Profesionalización por el Sistema Semi - Escolarizado.
g. Licenciaturas.
1) Ciencias Policiales.
2) Ciencias en Investigación Criminal.
3) Ciencias Administración Penitenciaria.
2. Sistema de Educación No Formal:
a. Desarrollo Integral Policial.
b. Recursos Humanos.
c. Logística.
d. Otros.
CAPITULO II
DEL OFICIAL ALUMNO (A)
SECCION I
ARTICULO 4:
A. ADMISIÓN DEL OFICIAL ALUMNO (A):
1. Llámese Alumno(a), al Oficial de la Policía Nacional, que ha sido seleccionado(a)
para participar en los eventos educativos que ofrece el ISEP; mediante acuerdo de los Señores
Directores Generales.
2. La Selección de los candidatos (as) para concurrir a los eventos educativos que imparte
el ISEP para Oficiales, es potestad de los Directores Generales por intermedio del Jefe Depto.
de Recursos Humanos quién remitirá al Señor Director del ISEP, el acuerdo que contiene la lista
de los integrantes para cada evento educativo. El Señor Director a través del Depto. de Registro
y Archivo del mismo, establece los primeros contactos con los futuros Oficiales Alumnos (as) a fin
de entregarles las bolsas de matricula e instrucciones preliminares para su permanencia en el ISEP.
3. Una vez que el Oficial ha sido seleccionado y registrado en el ISEP, el Oficial Alumno(a)
estará sujeto además de las Leyes y Reglamentos de la Policía Nacional, a los Reglamentos y
Disposiciones del ISEP así como también al sistema jurídico nacional vigente.
4. A la hora y fecha señalada el Oficial Alumno(a) se hará presente al ISEP, portando toda la
documentación solicitada en la bolsa de matricula.
Una comisión integrada por el Señor Jefe de la Unidad de Admón. Estudiantil, Jefe del
Departamento de Registro y Archivo, los recibirá y les dará las orientaciones pertinentes.
SECCION II
ARTICULO 5:
A. PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DEL OFICIAL ALUMNO (A):
1. A la hora y fecha señalada el Oficial Alumno (a) debe hacerse presente en el ISEP,
la puntualidad es norma de estricta observancia.
Una vez en el ISEP, deberá reportarse de inmediato en el Cuerpo de Guardia y al Jefe
de la Unidad de Administración Estudiantil.
2. El Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, le entregará el Horario de Instrucción
de la Semana Administrativa y le orientará en forma preliminar sobre las actividades a desarrollar.
3. Con la bienvenida del Señor Director del ISEP, se dá inicio la Semana Administrativa. En
esta semana el Oficial Alumno (a) recibe una orientación completa acerca de las Políticas del ISEP y
las Normas que se deben observar.
4. Al Segundo día debe entregar al Jefe del Departamento de Registro y Archivo, la documentación
solicitada según la bolsa respectiva para su permanencia en el ISEP (Matricula).
5. La recepción de los Oficiales Alumnos (as) termina con la Semana Administrativa.
6. Los Alumnos (as) que han sido retirados del ISEP, por medidas disciplinarias cometidas durante
su estudio en el mismo, no podrán ingresar al evento educativo siguiente, sin embargo el Consejo Académico
podrá determinar previa solicitud del interesado y mediante una revisión del caso su aceptación o no al
mismo.
7. Los Alumnos(as) que han sido retirados del ISEP, por Bajo Rendimiento Académico si podrán asistir
al evento educativo siguiente:
8. Los Oficiales Alumnos(as) antes de hacerse presente al ISEP, deben solventar con anticipación sus
problemas de carácter personal o familiar, que tengan pendiente a fin de que no le afecten en el desarrollo
del evento educativo.
9. Todos los Oficiales Alumnos (as) deberán realizarse por su cuenta los exámenes generales, VIH,
Toxicológico y otros que establece la bolsa de recepción del alumno (a) .- La Dirección General de Educación
Policial se reserva el derecho de aplicar cualquiera de estos exámenes durante el evento educativo.
SECCION III
ARTICULO 6:
A. CADENA DE MANDO:
1. Cadena de Mando es la sucesión jerárquica de autoridad; la observancia de la misma es obligatoria.
2. La autoridad inmediata en el ISEP sobre los Oficiales Alumnos(as), la ostenta el Jefe de la Unidad
Estudiantil, él será la vía de comunicación entre el Señor Director y los Oficiales Alumnos.
3. El Oficial Alumno(a) de mayor antigüedad en cada evento educativo ostentará la categoría de JEFE DE
CURSO, ante los Oficiales Alumnos (as) es el representante del Señor Director y el enlace entre los Oficiales
Alumnos (as) y el Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil.
4. Los Oficiales Alumnos (as) en lo sucesivo se regirán por la siguiente Cadena de Mando:
a. Caso Rutinario:
1) Jefe de Curso.
2) Jefe de la Unidad de Admón. Estudiantil.
3) Sub-Director.
4) Director.
b. Casos de Emergencia:
1) Oficial de Servicio.
2) Sub-Director y/o.
3) Director.
Entiéndase por emergencia a las eventualidades que en horas no laborables requerirán la presencia del Oficial
Alumno (a).
SECCION IV
ARTICULO 7:
A. DISCIPLINA:
1. La Dirección del ISEP, controlará la disciplina de los Oficiales Alumnos (as) por intermedio de la
Sub-Dirección y el Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil.
2. La conducta constituye una de las áreas de mayor importancia en la evaluación del Oficial Alumno (a)
(Tabla de Faltas y Deméritos), completada con un listado de faltas leves. La Tabla constituye una guía, pero
cualquier otra falta podría tipificarse por analogía con los enumerados en la Tabla.
3. El Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, es el responsable de llevar un cómputo diario en
el que evalúa tanto los aspectos positivos como los negativos de los Oficiales Alumnos (as). (Hoja de
Evaluación).
4. Por su índole académico, las Normas Disciplinarias del ISEP establece un elevado grado de observancia
a las Leyes y Reglamentos vigentes y los lineamientos definidos en este Manual del Alumno y demás Reglamentos
del ISEP.
5. El Consejo Académico, es la más alta autoridad competente para la toma de resoluciones disciplinarias
y académicas.- Es la entidad que resuelve los casos de faltas graves y muy graves en que incurran los
Oficiales Alumnos (as).
6. Los Oficiales Alumnos (as) están sometidos al régimen disciplinario interno del ISEP, expresado en éste
Manual y en las órdenes de carácter particular y general que con tal fin sean emitidas por la Dirección.
7. No está permitido la relación directa entre el Oficial Alumno (a) y las Dependencias del ISEP; las
solicitudes, sugerencias, críticas, pases o cualquier trámite debe canalizarse por medio del Jefe de la Unidad
de Administración Estudiantil.
8. Las relaciones de cualquier índole con el Personal Auxiliar Femenino o Masculino, que labore en el ISEP,
están prohibidas para los Oficiales Alumnos.
9. El consumo de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicotrópicas y la manifestación de ellas (previa las
pruebas científicas) en el evento educativo será considerada como falta grave, siendo motivo de separación.
SECCION V
ARTICULO 8:
A. RESOLUCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO:
1. Cualquier disposición o información de carácter general o particular que tenga relación con el desarrollo
del evento educativo que interese a los Oficiales Alumnos (as) en particular, será publicada en el Boletín
Oficial, una vez publicadas las disposiciones en los tableros de información que se ubicarán en cada aula de
clase, dándose por sentado su conocimiento por parte del Oficial Alumno (a).
2. Toda disposición o información del Consejo Académico o de la Dirección del ISEP, cuya clasificación o
importancia así lo requieran será transmitido por el Señor Director o Sub-Director, según el caso, de acuerdo al
horario semanal.
3. La información de Comando será suministrada a los Oficiales Alumnos conforme lo ordene la Dirección
General de Educación Policial.- Esta o cualquier información que se proporcione en el ISEP es clasificada, a
menos que se indique lo contrario.
SECCION VI
ARTICULO 9:
A. UNIFORME Y PRESENTACION PERSONAL:
1. La presentación del Oficial Alumno (a) constituye un factor que será evaluado de manera permanente por
las Autoridades del ISEP y Docentes.
2. Los Oficiales Alumnos (as) están sujetos a todas las regulaciones vigentes sobre el uso de uniformes,
insignias, condecoraciones y distinciones policiales.
3. El Uniforme utilizado en el aula será el uniforme D-1 o su equivalencia todo cambio de uniforme se
publicará en el horario semanal.
4. Las actividades fuera del aula, podrán exigir el uso de determinado uniforme o traje de civil lo que
será informado con anterioridad.
5. No usarán prendas civiles en el uniforme, así mismo no usar prendas policiales en vestimenta civil,
tampoco se usará chumpas o suéteres no reglamentarias.
6. El Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, velará porque se cumplan las disposiciones anteriores
y pasará inspección diaria a los Oficiales Alumnos (as).
SECCION VII
ARTICULO 10:
A. INASISTENCIA:
1. Para efectos académicos se considerará inasistencia la no comparecencia del Oficial Alumno (a) a una
actividad programada, que se retrase por más de quince (15) minutos, cuando sea menos de este tiempo se
considerará leve.
2. La asistencia a las actividades programadas, es un acto de servicio y por consiguiente de carácter
obligatorio y objeto de evaluación.- La inasistencia se computará de acuerdo al tiempo en que el Oficial
Alumno (a) esté ausente.
3. La inasistencia del Oficial Alumno (a) incidirá directamente en la evaluación.
4. Las inasistencias se clasifican en justificadas o injustificadas solamente el Consejo Académico del ISEP
podrá dar como justificada una inasistencia mediante el proceso de justificación de inasistencia por el interesado.
5. El Jefe de Curso contará en el aula con pro-formas de justificación de inasistencia, así como para llevar
un control de inasistencias de los Oficiales Alumnos (as) por cada período de clases los que entregará al finalizar
las labores diarias al Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil.
6. Las faltas por inasistencia serán contadas desde el momento en que el Oficial Alumno (a) debe de hacer acto
de presencia en el ISEP.
7. El límite de inasistencias justificadas permisibles corresponden al 5% de las horas clase, programadas en el
Plan de Estudio de cada evento educativo.
8. Las causas de inasistencia más comunes son:
a. Problemas Familiares:
Es problema familiar aquel que implique o exija la presencia del Oficial Alumno (a) para su solución.
EJEMPLO:
1) Muerte de un familiar directo ( Padres, Hijos, Cónyuge).
2) Enfermedad grave de un familiar directo.
3) Nacimiento de un Hijo.
b. Consulta Médica:
Se entiende por ésta la necesidad que tiene el Oficial Alumno (a) de asistir al Hospital o Clínica de su
elección debido a:
1) Confrontar un problema de salud.
2) Estar sometido a tratamiento médico, debido a dolencias o padecimientos que así lo exigen.
3) Chequeos médicos anuales contemplados como requisitos.
c. Enfermedad:
Esto es una situación casual, transitoria y ajena a la voluntad del individuo y que se puede definir como un
impedimento del Oficial Alumno (a) a movilizarse o desplazarse al aula, su gravedad quedará aclarada por el
diagnóstico del médico que conozca el caso. El Oficial Alumno (a) debe presentar dicho diagnóstico al Jefe de la
Unidad de Administración Estudiantil.
d. Asuntos Legales:
Es una Situación por la cual el oficial alumno(a) esta en la obligación de presentarse ante los órganos
jurisdiccionales competentes como ser: citaciones, participaciones en juicios, otras.
e. Permisos Personales:
Son actividades privadas del Oficial Alumno (a) quedando a juicio del Director y/o Sub-Director el concederlo o no,
tomando en cuenta los motivos expuestos por él mismo.
f. Exonerado de Asistir a otras Actividades de Índole no Académico:
Esta disposición no contempla aquellos que son de orden académico propiamente dicho como ausencias en deportes,
reuniones de carácter Policial y/o Sociales y Otros que se tipifiquen como complejas.
La inasistencia referida a los literales a, b, c y d se consideran justificados y no se adjudican pérdidas de puntos.
9. El Oficial Alumno (a) que no haya podido comparecer a cualquier actividad programada debe obligatoriamente
comunicar el hecho al Oficial de Servicio del I.S.E.P. en la primera oportunidad y por el medio más rápido disponible.
10. El Oficial Alumno (a) que haya faltado a una actividad programada o haya llegado retrazado a ella por más de
quince (15) minutos o se haya ausentado antes de su término, deberá solicitar al Oficial Jefe de Curso en la primera
oportunidad, la hoja de justificación de inasistencia, llenarla y entregarla el mismo día, después de este plazo la
falta se considerará no justificada.- Cuando la inasistencia antes del término de la clase, ocurriese por motivos de
salud, el Oficial Alumno (a) deberá ser examinado por el Departamento Médico del Campus Universitario.
11. El Oficial Alumno (a) que por prescripción médica no pudiere ejecutar los ejercicios en la clase de Educación
Física, debe presentarse a la hora y lugar de la instrucción y así tendrá su presencia justificada.- Tal hecho deberá
constar en la hoja de control de asistencia del Oficial Jefe de Curso.
12. Después que la hoja de justificación de inasistencia ha sido llenada por el interesado, la entregará al Jefe de
Curso para su respectivo trámite.
13. Para excusarse de no asistir a una actividad programada se seguirá el conducto reglamentario por medio de la
solicitud de permiso respectiva.
SECCION VIII
ARTICULO 11:
A. DEBERES Y DERECHOS DE LOS OFICIALES ALUMNOS (AS):
1. DEBERES:
Los Oficiales Alumnos (as) además de todos los deberes inherentes a los Oficiales de la Policía Nacional, en su
condición de Oficial Alumno(a) del ISEP, tendrá las siguientes responsabilidades:
a. Contribuir con su conducta, desempeño profesional y responsabilidad académica a incrementar el buen nombre y
prestigio del I.S.E.P.
b. Renunciar a todo tipo de actividades que le reste interés al evento educativo al que asiste, haciendo gala del
lema “Honor, Excelencia Académica, Servicio”.
c. Asistir a todas las actividades programadas, debiéndose encontrar dentro del aula o sitio señalado, con diez
(10) minutos de anticipación del inicio de la actividad, guardando el silencio y compostura necesaria.- Cualquier
retraso a esta disposición por parte del Oficial Alumno (a) será notificada por el Jefe de Curso al Jefe de la Unidad de
Administración Estudiantil, para que se tomen las medidas correctivas que el caso amerite y se imponga la respectiva
sanción.
d. Estar en capacidad de disponer para su empleo inmediato de los uniformes, equipo, prendas y demás efectos
determinados en las directivas, horarios y otras instrucciones.
e. Responder por el correcto uso y buena conservación de los útiles y demás medios que el ISEP ponga a su disposición
entregando en la oportunidad requerida, todo aquello que le ha sido suministrado con carácter devolutivo.
f. Realizar todas la tareas y trabajos que los (Catedráticos) le señalen, esmerándose en la calidad y buena
presentación de forma y fondo (digitadas).
g. No solicitar ni aceptar ayuda de otras personas, así como no darle a otro oficial alumno (a) los trabajos o tareas
individuales, exceptuando aquellos casos en que por la naturaleza del mismo, se requiera este asesoramiento.
Será cuestión de honor, cumplir estrictamente esta disposición.- La violación a esta disposición ocasiona no sólo la
anulación del trabajo, sino también la separación del Oficial Alumno (a) del evento educativo.
h. Estudiar, leer, revisar y llevar a clase todo el material que indique el horario respectivo.
i. Presentarse a los exámenes en las horas y fechas establecidas.- La inasistencia a un examen, sin causa debidamente
justificada significa la pérdida del evento educativo.
j. En caso que el Oficial Alumno (a) por causa justificada no se presentare a examen en la fecha y hora señalada, el
Consejo Académico podrá aplicar cualquiera de las acciones siguientes:
1) Promediar la nota ya obtenida siempre y cuando haya aplicado una o varias pruebas.
2) Fijar el examen para una fecha posterior. (Prueba de Reposición).
3) Someter al Oficial Alumno(a) a prueba de recuperación como si hubiere reprobado la materia de acuerdo con los
términos ya establecidos.
k. Recibir disciplinada y conscientemente los consejos y enseñanzas que le haga cualquier catedrático u otra autoridad
académica del ISEP.
l. Esforzarse para distinguirse tanto en el aspecto académico, físico y en la conducta, recurriendo siempre a los medios
lícitos de Honor, Excelencia Académica y Servicio.
m. Considerar al Oficial Jefe de Curso como el canal inmediato en las relaciones con las demás autoridades del I.S.E.P.
n. Contribuir a que se mantenga en orden tanto las instalaciones, equipo, mobiliario y los demás útiles del I.S.E.P.
ñ. Aceptar la autoridad del supervisor, sea cual fuera su grado por cuanto él está representando en ese momento al Señor
Director del I.S.E.P.
o. Es prohibido consumir tabaco en el aula, ya sea fumando o masticando.
p. Adoptar la posición de pie al ser interrogado por el catedrático o cuando tenga que hacer una pregunta, al menos que
el catedrático le indique lo contrario.
q. Hablar en voz alta y clara al contestar o hacer preguntas a fin de ser escuchado por el catedrático y los demás alumnos
(as) de la clase. r. La participación activa del alumno(a) en la clase es determinante en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
El Oficial Alumno(a) particularmente participará mediante la formulación de preguntas precisas y razonadas para ello levantará su
mano a fin de que el catedrático autorice su participación; el Oficial Alumno(a) debe respetar y escuchar cuando el catedrático está
hablando u otro oficial está en uso de la palabra.- Las exposiciones estarán basadas en los tópicos de la clase que discurre, no debe
aprovecharse éstas ocasiones para criticar en forma directa o velada las acciones y disposiciones superiores.
s. No discutir temas de las asignaturas, y asuntos oficiales en presencia de personas extrañas al evento educativo.- Esta medida
de discreción deberá llevarse hasta el seno del hogar. - El material que se le suministra al alumno(a) es de carácter confidencial o
secreto y su manejo requiere el grado de seguridad respectiva.
t. Durante la clase el Oficial Alumno(a) mantendrá en su mesa únicamente el material correspondiente a la clase programada.- Se
considerará falta adoptar actitudes o posiciones que denoten desinterés o distracción.
u. Una señal acústica indicará el inicio o final de la clase.
v. El Oficial Alumno(a) se mantendrá en el aula hasta que el catedrático dé por terminada la clase, en todo caso el Oficial
Alumno(a) debe salir del aula de clases en forma ordenada.
w. Solicitar con varias horas de anticipación el permiso correspondiente cuando haya que ausentarse del evento educativo y
cualquier otra actividad que involucre la no asistencia a las actividades programadas, se exceptúan de esta disposición lo casos
de emergencia.
x. No se debe salir de clases para atender visitas, llamadas telefónicas fijas o cualquier actividad personal.- Solamente
en caso de suma urgencia o por asuntos de servicio se dará autorización para abandonar la clase.
y. Se prohíbe a los Oficiales Alumnos(as) entrar a la Dirección y demás Departamentos del ISEP, excepto en los casos siguientes:
1) Al ser llamado por una autoridad del ISEP.
2) Cuando necesite tramitar asuntos en los Departamentos y Secciones.
3) Cuando el Jefe de Curso vaya a tratar asuntos oficiales.
z. Utilizar la cafetería de acuerdo al horario y demás disposiciones al efecto.
aa. Es necesario informar al ISEP, la dirección exacta incluyendo el número telefónico y reportar cualquier cambio de dirección,
lo que se hará inmediatamente al Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil.
bb. Cooperar con el Jefe de Curso en el mantenimiento del aseo y buena presentación del aula de clases.
cc. Los Oficiales Alumnos(as) podrán ausentarse de la capital previa información por escrito al Señor Director del ISEP y con la
debida autorización del Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil.
dd. Contribuir con el Jefe de Curso en el estricto cumplimiento de las disposiciones administrativas que él imponga a los Oficiales
Alumnos(as) en el aula.- Rol de Aseo, Apagar las Luces, Ordenar el Aula, Etc.
ee. Participar en los eventos sociales que estén programados.
ff. Presentarse al ISEP, para hacer servicio cuando conforme a rol le corresponda o cuando le sea comunicado por alteración del mismo.-
El no presentarse a recibir servicio constituye falta grave y se sancionará como tal.
gg. El Oficial Alumno(a) previa llamada telefónica debe presentar un informe manuscrito en un término máximo de 3 horas de cualquier
evento o circunstancia en que se vea involucrado, llamando con antelación vía teléfono a la cadena de mando de emergencia al momento de
producirse el mismo.
ARTICULO 12:
A. DERECHOS:
1. Los Oficiales Alumnos (as) gozan de las mismas prerrogativas de los Oficiales de la Policía Nacional.
2. Todo reclamo que tenga que hacer un Oficial Alumno (a) deberá hacerlo siguiendo el conducto reglamentario conforme lo establece este
Manual y demás Reglamentos aplicables.
3. La Dirección del ISEP, asigna a cada Oficial Alumno (a) todos los puntos que corresponden al evento educativo que viene a recibir.-
El Oficial Alumno (a) es el encargado de conservarlos.
4. A todos los servicios que se prestan en el Campus Universitario, (Cafetería, Barbería, Servicio Postal, Servicios Religiosos y Otros
que se establezcan).
5. Actividades Sociales y Deportivas.
6. A una beca monetaria previa autorización de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad.
SECCION IX
ARTICULO 13:
A. DEL OFICIAL ALUMNO (A) JEFE DE CURSO:
Además de los deberes comunes como Oficial Alumno (a) el Jefe de Curso tiene lo siguiente:
1. Servir de enlace entre los Oficiales Alumnos(as) y las autoridades del ISEP de acuerdo a la Cadena de Mando.
2. Tratar directamente con el Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, aquellos asuntos académicos y administrativos en las que los
alumnos(as) intervienen.
3. Consolidar y coordinar aquellas solicitudes, reclamos, observaciones y sugerencias de los Oficiales Alumnos(as) para llevarlos a conocimiento
del Jefe Unidad de Administración Estudiantil.
4. Presentar al Jefe Unidad de Administración Estudiantil antes de finalizar las actividades del día jueves, las solicitudes de los Oficiales
Alumnos(as) que desean ausentarse de la capital durante el fin de semana u otro período no laborable.
5. Cuando se presente el catedrático, ordenará atención y dará parte de la asistencia al evento educativo, las ausencias las reportará mediante el
control de inasistencias que el catedrático debe firmar antes de la clase.- En defecto del catedrático firmará el Jefe de Curso.
6. Es responsable porque el aula permanezca limpia, al abandonar los alumnos(as) el aula de clase se apaguen las luces y equipos de ventilación o aire acondicionado si los hay.
7. Al finalizar el día de labores entregará al Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil un resumen de las inasistencias ocurridas durante la jornada.
8. En ausencia temporal del Jefe de Curso, las atribuciones anteriores será ejercidas por el Oficial Alumno(a) que le sigue en antigüedad.
9. Hará los anuncios administrativos ordenados por las autoridades del ISEP y Docentes.
10. Otras funciones que se establezcan.
SECCION X
ARTICULO 14:
A. SEPARACIÓN DEL EVENTO EDUCATIVO DE LOS OFICIALES ALUMNOS (AS):
Los motivos por los cuales pueden ser separados del evento educativo los Oficiales Alumnos (as) son los siguientes:
1. Faltas Disciplinarias:
La Separación por este concepto se efectuará cuando la permanencia del Oficial Alumno (a) se vuelve incompatible con el régimen disciplinario del ISEP, o con las Leyes y Reglamentos, que regulan nuestra vida profesional.
Lo anterior incluye la comisión de faltas graves, las faltas leves acumuladas o la reiteración de la misma así como la acumulación del total de deméritos permitidos en cada evento educativo.
2. Por Bajo Rendimiento Académico:
La Separación del Oficial Alumno (a) por este concepto se efectuará como resultado de la no aprobación de asignaturas con la nota mínima promedio de 80% para los estudios de postgrado y 70% para los programas de profesionalización.
3. Faltas de Decoro Académico:
Considérese falta de decoro académico todo acto ilícito ejecutado por el Oficial Alumno(a) en grupo o individualmente, ya sea mediante tentativa o consumándolo y tendiente a obtener ventaja (Fraude del Sistema de Evaluación del ISEP).
La Separación del Oficial Alumno(a) por la comisión de esta falta u otro ilícito se lleva a cabo una vez que el hecho es comprobado.
Fraude Académico.- Consiste en aventajar a sus compañeros de estudio utilizando cualquier medio incorrecto y la intención de sorprender la buena fe del catedrático y el supervisor del examen, constituyendo esto una falta grave la que se sancionará como lo preceptúa éste reglamento para las faltas graves.
4. Inasistencia:
El Oficial Alumno (a) que sobrepase el límite de inasistencia establecido será separado del evento educativo (5% del total de horas del evento educativo). Se incluyen los casos de Oficiales Alumnos (as) que se sobrepasen de este límite al llegar después de iniciado el evento educativo sin causa debidamente justificada.- Una vez alcanzado el 5% de inasistencias justificadas e injustificadas se aplicará la separación.
5. Por Razones de Salud o Deficiencia Física:
El Oficial Alumno (a) podrá separarse del evento educativo, por motivos de salud previo dictamen médico emitido o ratificado por los facultativos que prestan servicios en éste Campus Universitario.- En la Semana Administrativa de inicio del evento educativo se hará la prueba de diagnóstico de Suficiencia Física y el Oficial Alumno (a) que salga reprobado se le condicionara la permanencia en el ISEP.
El I.S.E.P., a través del Consejo Académico se reserva el derecho de admisión de un Oficial Alumno (a) cuyo análisis clínico indique claramente el padecimiento de una dolencia que sea incompatible con las exigencias intelectuales y físicas establecidas por la Institución o que dicha dolencia sea contagiosa.
Los Oficiales Alumnos (as) que por prescripción médica no puedan realizar la Prueba de Suficiencia Física deben mantener su peso ideal según tabla y según evaluación del medico nutricionista que lo deba atender, cuyos costos correrán por cuenta del mismo.
6. Por Solicitud del Interesado (a):
El Oficial Alumno (a) podrá pedir su separación del evento educativo, mediante la solicitud respectiva y por razones de fuerza mayor.- Dicha separación solo podrá ser concedida mediante la tramitación regular y decisión del Consejo Académico ante el Señor Director del ISEP, siempre y cuando no exista previa motivación justificada que implique la separación y/o expulsión del evento educativo.
7. Por Otras Razones:
Por atender necesidades de la Policía Nacional y previa disposición de los Directores Generales podrá ser separado del evento educativo, ya sea para cumplir misiones especiales o en aplicación a las Leyes y Reglamentos Vigentes.
Cuando sea el primer caso, la separación no le afectará para retornar al ISEP e integrarse al evento educativo siguiente.
8. Cuando un Oficial Alumno(a) sea Separado(a) del Evento Educativo o Concluye el mismo , deberá cumplir con los Procedimientos Internos del ISEP, por lo cual pasará a los siguientes Departamentos:
a. Biblioteca:
Para la devolución de libros y de material de apoyo que por su clasificación y/o distribución no puede estar bajo el poder del alumno(a) retirado o graduado.
b. Departamento de Registro y Archivo:
Recogerá su documentación personal que tenga en el Departamento.
c. Departamento Administrativo:
Para solicitar la solvencia de pagos correspondientes a:
1) Documentos Autorizados.
2) Deudas Pendientes.
3) Utensilios Deportivos.
4) Cuentas del Club ó Cafetería.
5) Otros.
d. Departamento de Tecnología Educativa :
Devolución del material de estudio, propiedad del ISEP que le fuere entregado con carácter devolutivo.
La no observancia de lo anterior se hará perder el derecho de participar en la Ceremonia de Graduación y que se le otorgue el respectivo Titulo o Diploma.
SECCION XI
ARTICULO 15:
A. ACTIVIDADES SOCIALES:
1. Durante su permanencia y desde que llegue al evento educativo, el Oficial Alumno (a) participará activamente en eventos sociales.
2. La asistencia a las actividades sociales es obligatoria es más, como parte de la formación integral de que es objeto el Oficial Alumno (a); ésta actividad será evaluada y por consiguiente repercutirá en su cómputo total.
3. La inasistencia a estos actos será únicamente por motivos que lo ameriten, siguiendo el canal respectivo para su justificación, se deberá obtener permiso con 48 horas de anticipación salvo casos excepcionales.
4. Por lo antes expuesto, es menester que el Oficial Alumno(a) al concurrir a eventos educativos, deberá traer consigo entre otros artículos de vestir dos trajes civiles de uso formal.
5. Las modalidades que imperen en cada acto social, será hecha de conocimiento de los Oficiales Alumnos (as) a través del Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil; estas regulaciones serán de obligatoria observancia.
6. Las actividades sociales propias del ISEP, serán coordinadas por el Señor Director y estos a su vez por la Dirección General de Educación Policial.
7. Los Oficiales Alumnos(as) como participantes de las actividades sociales del ISEP, serán a la vez anfitriones por lo consiguiente velarán por el bienestar de los invitados.
8. El invitado por parte del Oficial Alumno(a), deberá observar las normas de conducta y comportamiento en todo acto social, y de ello es responsable el Oficial Alumno (a) que lo invitó.
9. Cuando para un acto social se distribuyen tarjetas, éstas serán personales e intransferibles y se deben cumplir las disposiciones de información que la tarjeta dice.
10. El propósito de las actividades sociales del ISEP, es estrechar los vínculos que nos unen a los hombres y mujeres de la Policía y sus familias, logrando con ello la disposición óptima para una mentalidad positiva.
SECCION XII
ARTICULO 16:
A. PLAN DE EVALUACIÓN:
El proceso de evaluación contará con elementos de juicio suficientes que le facilitarán al Oficial Alumno(a) para adquirir los conocimientos que exige el Proceso enseñanza - aprendizaje del nivel de Educación Superior al que está avocado el ISEP.
1. Conceptos Fundamentales:
a. Se entiende por evaluación el proceso contínuo, acumulativo, científica y cooperativo que se realiza a lo largo del proceso educativo, para medir los resultados en función de los objetivos del proceso de enseñanza y aprendizaje.
b. Es evaluación integral porque considera todos los aspectos que directa o indirectamente influyen en el proceso de la enseñanza - aprendizaje.
c. La evaluación es contínua porque se efectúa a lo largo de todo el proceso de enseñanza.
d. La evaluación es acumulativa, porque se registra en forma progresiva y sucesiva, los resultados del proceso enseñanza – aprendizaje, a fin de emitir un juicio debidamente fundamentado.
e. La evaluación es científica y cooperativa porque se fundamenta en principios y normas derivadas de la investigación y de la experimentación, y debe ser obtenida a través de todas las personas y organismos que intervienen en el desarrollo del proceso enseñanza - aprendizaje.
2. Implicación de los Conceptos Fundamentales:
a. La evaluación del Oficial Alumno(a) es fundamental porque éste constituye una parte del proceso de enseñanza y aprendizaje y en donde se ponen en juego los recursos de la Institución.
b. La evaluación educativa implica un conocimiento completo del Oficial Alumno(a), de los factores personales y ambientales que condiciona su conducta y del propio proceso de enseñanza y aprendizaje para valorar los resultados obtenidos a la luz de los objetivos establecidos.
c. La evaluación es un proceso contínuo y acumulativo, por eso deben registrarse en forma sucesiva y permanente, las apreciaciones más significativas de la actuación del Oficial Alumno(a), para obtener un todo coherente que describa sus logros con la mayor exactitud posible.
d. En general el proceso de evaluación del Oficial Alumno(a) debe estar dirigido al cumplimiento de los fines siguientes:
1) Determinar en que medida se va alcanzando los objetivos previstos.
2) Lograr una acertada valoración del rendimiento educativo de los oficiales alumnos(as) y de su actuación para orientarlos en sus estudios.
3) Descubrir las aptitudes e intereses específicos del oficial alumno(a) para estimularlos y facilitar su realización y desarrollo.
4) Determinar el grado de eficiencia de la metodología empleada en la enseñanza a fin de realizar los ajustes necesarios.
5) Disponer de los datos para planificar y llevar a cabo la reiteración de objetivos en los eventos educativos que así lo requieran.
3. Areas por Evaluar:
a. El Oficial Alumno (a) será evaluado (a) en las siguientes áreas.
AREAS POR EVALUAR PORCENTAJE POR AREAS DEL CURSO
Rendimiento Académico
Conceptualización
Rendimiento Físico
Prueba de Tiro
Proyecto Comunitario
Trabajo de Investigación 80.00%
3.00%
4.00%
3.00%
5.00%
5.00%
T O T A L....................................................... 100.00%
El trabajo de Investigación se evaluará según el estado de avance así: Tres revisiones de 20% cada una y la presentación final de 40%.
b. Todas las áreas se evalúan en forma independiente la suma del puntaje de todas las áreas constituye el puntaje total obtenido por el Oficial Alumno(a) y esto determina su posición en el orden de mérito.
c. El evento educativo está programado con un valor máximo de 100%, distribuidos por áreas como se expresa en el cuadro anterior.
d. El Sistema de Evaluación parte del criterio de que todos los Oficiales Alumnos(as) de un determinado evento educativo, tienen a su disposición 100%, los que irán acumulando como méritos a medida que vayan ganándolos durante el desarrollo del evento educativo.
4. Evaluación del Rendimiento Académico:
a. Exposiciones Orales.
b. Participación Individual.
c. Trabajos en Equipo.
d. Resumen, Síntesis, Esquemas y Otros.
e. Pruebas Escritas (Programadas y de sorpresa).
f. Trabajos de Investigación.
g. Comportamiento Diario.
h. Ejercicios en el Terreno.
i. Cooperación espontánea.
5. Evaluadores:
a. Señor Director, Sub-Director, Jefe de Unidad de Administración Estudiantil.
b. Señores Catedráticos.
6. Procedimientos a Utilizar:
Se utilizarán una serie de formas, las cuales han sido diseñadas para registrar todos los aspectos mencionados anteriormente y entre otras tenemos las pruebas cortas, exámenes parciales, exámenes finales, exámenes de recuperación.
7. Requisitos Mínimos de Aprobación:
a. Para que un Oficial Alumno(a) pueda graduarse, debe aprobar todas las materias que comprenden el Plan de Estudio del evento educativo.
b. Las Asignaturas se consideran aprobadas al obtener una calificación de 80% para postgrado y 70% para los Programas de Profesionalización.
c. Los exámenes serán calificados de acuerdo al cuadro siguiente:
CALIFICACIONES ABREVIATURAS NOTAS
EXCELENTE EXC. 95 a 100%
MUY BUENO M.B. 90 a 94%
BUENO B. 80 a 89%
INSUFICIENTE INS. 0 a 79%
8. Exámenes de Recuperación:
a. Se establecen exámenes de reposición cuando el oficial alumno(a) por cualquier circunstancia debidamente comprobada no pueda someterse al examen ordinario según horario y siempre que este dentro de los parámetros de las inasistencias justificadas.
b. Se establecen exámenes de recuperación para aquellos Oficiales Alumnos(as) que hayan reprobado una o mas asignaturas durante el evento educativo del que sea beneficiado.- Los exámenes de recuperación se practicarán ocho (8) días después de la crítica o según disposiciones de la Dirección del ISEP, caso contrario se realizarán en la semana administrativa final del curso.
c. El Oficial Alumno(a) que después de practicar los exámenes de recuperación, hayan reprobado una de las materias significará la pérdida total del evento educativo, será separado ipso jure.
9. Otras Disposiciones:
a. El Oficial Alumno(a) solo tendrá dos (2) oportunidades de asistir al mismo evento educativo en el ISEP.
b. Se exceptúa de las disposiciones anteriores a los Oficiales Alumnos(as) que hayan sido separados por prescripciones médicas.
c. El Oficial Alumno(a) que repita un evento educativo, tiene igualdad de oportunidad de competir en los Cuadros de Honor Mensuales y Orden de Mérito Final.
d. El Oficial Alumno(a) que se haya sometido a examen de recuperación, si lo aprueba se le adjudicara la nota mínima y no podrá participar en el Cuadro de Honor Mensual y Final.
e. Reprobar el Examen del Manual del Alumno tendrá una sanción equivalente a siete (7) deméritos computables en base a la calificación del 80%.
f. En todo caso para realizar reuniones o festejos propios de los Oficiales Alumnos(as) dentro o fuera del Campus Universitario, deben tener la autorización del Señor Director del ISEP.
ARTICULO 17:
A. EVALUACIÓN DE RENDIMIENTO FISICO:
1. Consideraciones Generales:
a. La evaluación del rendimiento físico es la comprobación de las condiciones físicas del Oficial Alumno(a) a través de la prueba individual de acuerdo a la Tabla de edad y ejercicios que debe realizar.
b. Las actividades deportivas serán señaladas en los horarios de clases y será obligatoria su asistencia.
2. Pruebas que serán aplicadas:
Al inicio del evento educativo los Oficiales Alumnos(as) deberán someterse a una prueba física de diagnostico, con el propósito de conocer la condición física del oficial alumno.- Al haber cursado el 50% del programa del evento educativo, se practicará la primera prueba calificada y una segunda prueba calificada treinta días antes de que se clausure el evento educativo, estas pruebas se calificaran de acuerdo a lo que establece el Instructivo de Evaluación de Suficiencia Física (vigente) de la Policía Nacional, si el Oficial Alumno(a) se reprueba, corresponde al Consejo Académico del ISEP, decidir lo pertinente.
3. La Incapacidad Física para el Proceso de Aplicación de la Prueba Física deberá estar basada en:
a. El Oficial Alumno (a) presentará Certificación de Incapacidad del Jefe del Departamento Médico del Campus Universitario.
b. Al incapacitado (a) total se le adjudicará la nota mínima y en consecuencia está excepcionado de apreciación alguna u otra calificación.
c. A los incapacitados (as) temporales se les dará el doble de tiempo de la incapacidad para someterse a la prueba respectiva.
ARTICULO 18:
A. EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA:
1. La conducta es una de las áreas de mayor importancia en la formación de la personalidad del Policía, debe constituir un factor que incide directamente en los resultados generales del evento educativo.
2. La responsabilidad de evaluar la conducta del Oficial Alumno(a) recae en el Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, quién se basará en la observación diaria los reportes disciplinarios de catedráticos, oficiales de planta y el Oficial Jefe de Curso.
3. La conducta se evaluará bajo un criterio integral atendiendo el comportamiento del Oficial Alumno(a) dentro y fuera del ISEP.
4. Las Faltas Leves, serán sancionadas de acuerdo a la Tabla de Faltas y Deméritos. En la Jefatura de la Unidad de Administración Estudiantil, se llevará un registro diario de los deméritos acumulados por cada Oficial Alumno(a).- El Oficial afectado será informado mensualmente de su record disciplinario. El Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, se basará para hacer la relación de cantidad de demérito y valor tomando como constante 1.5; es decir que si el evento educativo durará 27 semanas éstas las multiplicará por 1.5, el resultado le dará la cantidad de demérito que se le puede permitir al Oficial Alumno(a).
En los Sistemas Semi-Escolarizado, a distancia, especialidades, maestrías o cualquier otra modalidad que la presencia del Oficial Alumno(a) sea intermitente, se tomarán en cuenta las semanas que tiene el año con las semanas en que el alumno(a) se presenta y se le sacará la media.- Ejemplo: 52 semanas del año, más si la presencia es una vez al mes serían 12 semanas 52 + 12 = 64 semanas, a éste resultado se divide entre 2, para sacar la media, o sea 64 ÷ 2 = 32 semanas.
Los deméritos tienen correspondencia directa con el número de semanas que dura el evento educativo, los que constituye puntos negativos para su evaluación conceptual. Para encontrar en puntos el valor de los deméritos, se efectuará la operación siguiente: Por ejemplo: Si el evento educativo dura 27 semanas, se procede así:
27x1.5 = 40.5 deméritos de tolerancia total.
40.5: 100 : : 1 : x
El valor del demérito entonces es de 2.46 puntos de 100%.
5. Las faltas graves y muy graves serán sancionadas por el Consejo Académico del ISEP.
ARTICULO 19:
A. CONCEPTUALIZACIÓN:
1. Como una de las áreas a evaluar contribuye a la formación del puntaje final que determina la posición del alumno(a) en el orden de mérito.- Consiste en un promedio extraído de las apreciaciones individuales del Director y Sub-Director, según las evaluaciones del desempeño y eficiencia.
2. Quiénes evalúen la apreciación conceptual, aplicarán la proforma que para éstos aspectos se les proporcionará según las diferentes escalas.
a. Los aspectos que se evaluarán en éste concepto serán:
1) Evaluación del Desempeño.
2) Evaluación de Eficiencia.
Cada aspecto se evaluará en base a 100% para luego obtener la nota promedio.
3. La calificación de la apreciación conceptual que los Oficiales Alumnos(as) imponen a cada uno de sus compañeros, debe ser en forma ecuánime, justa, desapasionada y responsable.- El Departamento de Registro y Archivo recibirá las evaluaciones y las procesará bajo absoluta confidencialidad.
ARTICULO 20:
A. EVALUACIÓN DE LA ASISTENCIA:
1. La asistencia a las actividades programadas a la hora precisa es una obligación del Oficial Alumno(a) y por lo tanto motivo de evaluación.
2. Para efectos disciplinarios se entiende por inasistencia a clase o cualquier otra actividad programada, un tiempo menor de quince (15) minutos y será considerada como falta de conducta y se sancionará conforme al Manual de Disciplina del Oficial Alumno del Instituto Superior de Educación Policial.
3. Las inasistencias se clasifican en justificadas e injustificadas.- Solamente el Consejo Académico podrá resolver como justificada una inasistencia mediante el procedimiento de justificaciones de faltas solicitadas por el interesado.
4. Las faltas por inasistencias serán contadas a partir del día del inicio del evento educativo.
5. El límite de inasistencias justificadas permitibles es el 5% de las horas de instrucción programadas en el Plan de Estudio del evento educativo.
NOTA: Para aquellos casos especiales y ajenos a la voluntad del Oficial Alumno (a) y que su conducta halla sido ejemplar, con buen rendimiento académico y físico, el Consejo Académico tendrá potestad de extenderlo hasta el 10%.
ARTICULO 21:
A. LA HOJA DE REPORTE DE EFICIENCIA DEL OFICIAL:
Además de todo el sistema de evaluación descrito anteriormente, el Oficial Alumno(a) es evaluado por el Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil a efecto de cumplir con el requisito establecido por la Sub-Dirección de personal de las diferentes Direcciones Generales.- Aunque esta evaluación no influye en el puntaje del evento educativo, el Oficial Alumno (a) debe considerar que el Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil se nutrirá de los demás aspectos evaluados para llenar la Hoja de Reporte de Eficiencia del Oficial Alumno (a).
ARTICULO 22:
A. PROCEDIMIENTOS Y SISTEMAS DE EVALUACIÓN DE LOS CATEDRATICOS DE LAS ASIGNATURAS:
1. Para evaluar al catedrático de cada asignatura se entrega al Jefe de Curso, tantas encuestas como Oficiales Alumnos(as) hallan, para que cada uno de ellos conteste las preguntas contenidas en el formulario, en la forma más veraz, sincera y honesta, las que servirán para mejorar la programación de la asignatura.
2. Las encuestas deberán ser entregadas al Señor Jefe de Curso en la fecha y horas señaladas, para analizar los puntos positivos o negativos y anotarlos en la hoja, para tal fin la hoja de encuestas no debe llevar firma o identificación alguna del Oficial Alumno(a).
3. Con los resultados obtenidos, la Unidad de Docencia y el titular del Área de Estudios respectiva, harán las consideraciones que procedan respecto al catedrático para determinar su contratación, futura o no.
SECCION XIII
ARTICULO 23:
A. PREMIACIONES:
1. Al finalizar cada evento educativo se reconocerá el interés demostrado por los Oficiales Alumnos (as) sobresalientes en el evento educativo premiando su empeño.
2. Se establecen los siguientes premios:
a. Mejor Compañero el que será electo por sus compañeros.
b. Premio Primer Lugar (Graduado de Honor).
c. Premio Segundo Lugar (Graduado Distinguido).
d. Premio Tercer Lugar (Graduado Distinguido).
e. Premio Espíritu Policial lo que se hará computando el índice académico de las asignaturas policiales, tiro evaluado, Prueba de Suficiencia Física y Conceptualización.
f. Otros que se establezcan.
3. Otros Estímulos:
a. Fiestas.
b. Reuniones.
c. Convivios.
SECCION XIV
ARTICULO 24:
A. EJECUCIÓN DE EXAMENES Y CRITICA DE LOS MISMOS:
El desarrollo de todo evento educativo lleva implícita el sometimiento a exámenes de evaluación.- Todo Oficial Alumno(a), debe saber que los exámenes son parte del proceso de aprendizaje, y que cada una de las asignaturas que su evento educativo comprende, una vez finalizada la misma, viene el proceso de evaluación mediante el cual el catedrático mide el grado de asimilación de cada Oficial Alumno(a), y es aquí donde los Oficiales Alumnos(as) deben poner de manifiesto su preocupación a efecto de obtener el más elevado grado de rendimiento académico.
Es preocupación constante del Señor Director que estas evaluaciones sean lo más objetivas posibles y midan justamente lo que los alcances definen como ejecutorias por parte del Oficial Alumno(a), resultantes del aprendizaje.
Para que todo lo anterior sea posible se necesita de los Oficiales Alumnos(as) una contraparte.-Esta es la honestidad en la ejecutoria de las mismas, honradez que es inherente en todo oficial de la Policía Nacional.- Los Oficiales Alumnos(as) estarán en la obligatoriedad de observar entre otras, las regulaciones que a continuación se detallan:
1. Antes de proceder a llenar el examen, primero deberá leer todo su contenido con el objeto de aprovechar el tiempo de consulta asignado, para que el catedrático aclare las dudas que tenga.- Las dudas a evacuar serán en concepto de falta de claridad en las cuestiones planteadas, errores de impresión o redacción, etc.
2. Está terminantemente prohibido hablar durante el examen.
a. El hablar conlleva la pérdida del 10% del valor total de examen al primer llamado.
b. El segundo aviso conlleva la suspensión y pérdida del examen.
c. Se elaborará con bolígrafo tinta negra y lápiz de grafito según instrucciones del examen.
d. Terminando el examen se entrega y se abandona el aula en silencio.
3. Transcurrido el tiempo asignado el alumno debe dejar de trabajar inmediatamente que se le avise que ha finalizado el tiempo previsto para el desarrollo del examen.
a. El no hacerlo conlleva la pérdida del 10% del valor del examen.
b. Segundo aviso conlleva la pérdida total del examen.
4. Las páginas del examen no deben tener firma u otra señal que identifique al Oficial Alumno (a), ya que para ello existe la portada, lugar en la cual aparecen las instrucciones relativas al desarrollo del mismo, por lo que se deberá leerlas bien, comprenderlas y observarlas.
5. Sobre la mesa no deberá tener más que el material o equipo autorizado para el desarrollo del examen.- En la hoja avanzada que para tal efecto se le entregará; se especifica lo que deberá traer para él mismo.
6. Una vez que se ha entregado el examen no se comentará en las proximidades del área donde lo están practicando el resto de sus compañeros.
ARTICULO 25:
A. CONDUCCIÓN DE LA CRITICA DE LOS EXAMENES:
1. La crítica del examen será responsabilidad del catedrático asistido por el jefe del área de estudio y sub-director académico del ISEP.
2. Para completar el proceso de la enseñanza – aprendizaje, después de calificados los exámenes, la Unidad de Docencia programará la crítica correspondiente.
3. Antes de dar inicio a la crítica del examen, el Oficial Alumno(a) deberá quitar todo lo que tiene sobre la mesa a él asignada; solamente se le permite una calculadora para que revise la suma del examen, comprobando así la calificación impuesta por el catedrático.
4. Al recibir las pruebas ya calificadas durante la crítica el Oficial Alumno(a) no debe hablar, comparar o comentar el examen con los demás compañeros, debiendo limitarse a seguir la lectura del documento con la explicación que dará el catedrático sobre el examen que se critica.
El Oficial Alumno(a) no puede agregar, modificar o eliminar ningún concepto del contenido del examen.- El incumplimiento de esta disposición será considerada como una falta de Decoro Académico.
5. Durante las críticas de examen no se debe hacer reclamos sobre las calificaciones obtenidas.- En caso de no estar de acuerdo con las calificaciones que él considere error de suma, omisión o duda, deberá llenar la hoja de reclamos que la encontrará adjunta en el examen en forma clara justificando las preguntas que reclama.- Los exámenes con reclamo los llevará el catedrático ante el Jefe de Area de Estudio y Sub-Director Académico, en presencia de éstos serán revisados y analizados.
Cuarenta y ocho (48) horas después del reclamo el Oficial Alumno(a) recibirá la contestación al respecto aceptando o rechazando la petición al catedrático.
6. Una vez concluida por parte del catedrático la crítica, los oficiales alumnos(as) que están conformen con la calificación obtenida firmarán el examen con tinta negra, en el espacio previsto para tal fín, recogiéndolos el Jefe de Area de Estudio.
Se entiende, que no firmarán su examen únicamente aquellos que presentaren reclamos, posteriormente deberán firmar el examen al recibir la contestación sobre el mismo.
7. Una vez que el Oficial Alumno(a) reciba la contestación a su reclamo y no esté todavía de acuerdo, elevará una solicitud de nueva revisión al Consejo Académico cuyo fallo es inapelable
SECCION XV
ARTICULO 26:
A. HORARIO DE CLASES:
1. Los viernes de cada semana se entregarán los horarios de clases correspondientes a la semana siguiente al Jefe de Curso, quién lo publicará en el Tablero Informativo y entregará copia a cada catedrático.
2. Los Oficiales Alumnos(as) son responsables por la conservación y devolución en la fecha estipulada de los libros que tomen en calidad de préstamo, así como de este Manual.
SECCION XVI
ARTICULO 27:
A. MATERIAL DIDÁCTICO:
1. El Oficial Alumno(a) recibe el material didáctico que correspondiere por medio del Jefe de Curso para que lo distribuya.
2. El Oficial Alumno(a) es responsable por la conservación y cuido del material de apoyo didáctico puesto a su disposición.
3. El material didáctico se entrega una sola vez no importando que el Oficial Alumno(a) esté repitiendo el curso correspondiente.
SECCION XVII
ARTICULO 28:
A. BIBLIOTECA:
1. En el ISEP funciona una Biblioteca donde los Oficiales Alumnos(as) tendrán a su disposición manuales policiales y otros textos de consulta.- El Bibliotecario (a) atenderá las solicitudes del interesado durante el horario establecido.
2. El Oficial Alumno(a) será responsable por la conservación y devolución del libro que tome en calidad de préstamo y devolverlo en la fecha estipulada previo recibo firmado en la Biblioteca.
3. Todo Oficial Alumno(a) deberá donar un libro para ir formando y enriqueciendo la Biblioteca del ISEP, el cual se entregará en la Semana Administrativa inicial al Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil , éste girará las instrucciones precisas.
SECCION XVIII
ARTICULO 29:
A. CAFETERIA:
1. La Dirección del ISEP a través del Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, girará las disposiciones sobre el funcionamiento de la misma.
2. La cocina se considerará área restringida para el Oficial Alumno.
3. La presencia en la Cafetería será correctamente vestido.
SECCION XIX
ARTICULO 30:
A. BECA:
1. La Beca del Oficial Alumno(a) es autorizada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y la hace efectiva la División de Finanzas de la Dirección General de Educación Policial.
2. Los Oficiales Alumnos (as) que sean separados del evento educativo y que no hayan cumplido el mes no tienen derecho al pago de beca correspondiente a ese mes.
3. Las becas para cursar estudios en el ISEP, ESO y ANAPO son diferenciadas de acuerdo al grado, planes de estudio y extensión de los mismos.
SECCION XX
ARTICULO 31:
A. TRANSPORTE:
1. El ISEP, gestionara ante la Dirección General de Educación Policial los medios de transporte necesarios para el traslado de los Oficiales Alumnos(as) a los lugares donde se desarrollará la actividad programada.
2. El transporte para la asistencia a clases al ISEP y cualquier actividad académica dentro del casco urbano correrá por cuenta propia del Oficial alumno(a).
SECCION XXI
ARTICULO 32:
A. SERVICIOS POSTALES:
1. La correspondencia está bajo la responsabilidad del Departamento de Personal, la que será trasladada al ISEP y entregada personalmente al Oficial Alumno(a).
2. El Apartado Postal del ISEP, es el número 2163, Tegucigalpa, M.D.C.,
3. Su correspondencia la depositarán en el buzón correspondiente de donde será recogida y trasladada al Correo Local.
SECCION XXII
ARTICULO 33:
A. TELEFONO:
El ISEP, contará con un teléfono que será de uso del Oficial Alumno(a).- Su uso no debe de pasar de tres minutos a lo sumo.- Será falta de consideración a sus compañeros extenderse más de límite establecido.- El uso del teléfono será en los recreos.- La recepcionista tomará los recados cuando el Oficial Alumno(a) esté en clase.
SECCION XXIII
ARTICULO 34:
A. SERVICIOS MEDICOS:
1. Antes de iniciar las actividades académicas el Oficial Alumno(a) se someterá a un examen médico general.
2. El Campus Universitario, prestará atención médica a los Oficiales Alumnos(as), las regulaciones y funcionamiento del mismo serán comunicadas por medio del Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil.
3. Los Oficiales Alumnos(as) podrán asistir a consulta médica de acuerdo a su necesidad y conforme al horario establecido.
4. La medicina que no exista en el Departamento Médico será sufragada por el Oficial Alumno(a).
SECCION XXIV
ARTICULO 35:
A. BARBERIA:
El Campus Universitario, proporciona este servicio pudiendo acudir el Oficial Alumno(a) a la misma, en los días y horas contempladas en el horario.
SECCION XXV
ARTICULO 36:
A. ESTACIONAMIENTO:
El ISEP, proporciona a los Oficiales Alumnos(as) por intermedio del Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil, las instrucciones referentes al uso del mismo.
SECCION XXVI
ARTICULO 37:
OTROS:
El ISEP, informará por intermedio del Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil otras disposiciones que surjan posteriormente.
SEGUNDA PARTE
CAPITULO III
MISCELÁNEO
SECCION I
ARTICULO 38:
A. GRADUACIÓN:
La culminación exitosa de todo evento educativo, constituye el momento más esperado por todo Oficial Alumno(a).- Tanto es así que en la mayoría de las ocasiones una vez llegado éste momento, se nos hace difícil separarnos de nuestros compañeros.- Decir hasta pronto es esperar una nueva oportunidad para que en forma similar nos encontremos nuevamente en otros eventos educativos propios de nuestra institución.
La clausura de un evento educativo es un acto solemne y por lo cual reviste caracteres propios.
La asistencia a la Ceremonia de Graduación es de carácter obligatoria, y la no comparecencia a la misma conlleva la realización de una audiencia de descargo.
SECCION II
A. TRAMITES ADMINISTRATIVOS:
Recuerde que antes de abandonar el ISEP, lugar donde usted ha pertenecido durante un evento educativo, debe seguir todos los pasos indicados en el Organigrama.
SECCION III
A. SOBRE EL MANUAL DEL ALUMNO (A):
Los Oficiales Alumnos(as) que les sean remitido este Manual o se le haya entregado personalmente, y que por disposición del Alto Mando a última hora no se presenten, deberán remitirlo al ISEP por el medio más rápido y seguro.
Es obligación de los Oficiales Alumnos(as) una vez practicado el examen sobre este Manual, devolverlo a la Dirección por medio del Jefe de la Unidad de Administración Estudiantil quién lo entregará a la Secretaría General.- Cualquier consulta que el Oficial Alumno(a) quisiere hacer posteriormente lo pueden solicitar en calidad de préstamo a la Dirección del ISEP, su extravío amerita un Informe Especial para tomar la decisión respectiva.
SECCION IV
A. DE LOS CUMPLEAÑEROS:
Los cumpleaños de los Oficiales Alumnos(as) serán celebrados mediante un convivió el último de cada mes, los gastos de este convivió corren por cuenta de los Oficiales Alumnos(as).
SECCION V
A. DEL BOLETÍN INFORMATIVO:
Diariamente se leerá un Boletín Informativo de las noticias que atañen al servicio y al acontecer nacional o internacional de aquellos casos de relevancia e importancia para la formación de los alumnos(as).- Este será colocado en los tableros de información en donde el Oficial Alumno(a) podrá leer por su propia iniciativa.- En ningún caso el contenido podrá ser ajeno al aspecto Científico, Cultural, Histórico y Policial.
SECCION VI
A. DE LOS SERVICIOS RELIGIOSOS:
La base moral y espiritual de toda familia es el amor y respeto al Ser Creador del Universo “DIOS”.
Basado en lo anterior, la Dirección del ISEP queriendo que la formación humanística e integral del Oficial Alumno(a) responda a esta realidad, es obligatoria la asistencia a los Servicios Religiosos que conforme horario se programen.
SECCION VII
A. DE LAS FALTAS:
1. Las faltas son infracciones a las normas de conducta establecidas en el ISEP.
2. Las faltas de acuerdo a su gravedad se dividen en: Faltas Leves, Faltas Graves, y Faltas muy Graves.
a. Faltas Leves:
Son acciones tipificadas en la Tabla de Faltas Leves que se sancionarán directa e inmediatamente, por la autoridad del Campus Universitario dependiendo el grado que ostente el Oficial Alumno(a), siguiendo la Cadena de Mando.
b. Faltas Graves:
Son acciones u omisiones que por su gravedad son sometidas mediante informe escrito, previa la investigación y audiencia de descargo respectiva al Consejo Académico quién impondrá la sanción que diere lugar y remitirá acta respectiva a la Dirección General de Educación Policial.
c. Faltas Muy Graves:
Son las acciones u omisiones que por su naturaleza se tornan intolerables para la institución, ya que su práctica acarrea desprestigios para la misma.
B. DE LA CLASIFICACION DE LAS SANCIONES:
1. Las sanciones que pueden imponerse de conformidad con este Manual, son las siguientes:
a. Para las Faltas Leves:
1) Llamadas de Atención en Privado.
2) Llamadas de Atención en Público.
3) Deméritos.
b. Para las Faltas Graves:
1) Suspensión de salida de uno a 8 días.
2) Suspensión de la beca hasta por 30 días.
3) Separación.
c. Para las Faltas Muy Graves:
1) Expulsión.
C. EL EFECTO DE LAS FALTAS LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES DE ACUERDO A ESTE MANUAL ES EL SIGUIENTE:
1. Faltas Leves:
a. Llamado de Atención en Privado:
Consiste en llamar al Oficial Alumno(a) a la presencia del Director del ISEP, para decirle en privado que su conducta en determinado momento no ha sido compatible con las disposiciones o normas disciplinarias del ISEP, haciendo constar por escrito, para la Hoja de Antecedentes Académicos.
b. Llamado de Atención en Público:
Consiste en hablarle al Oficial Alumno(a) frente a sus compañeros, sobre las faltas de su conducta o de su rendimiento académico.- También debe hacerse constar por escrito mediante Acta del Consejo Académico para la Hoja de Antecedentes Académicos.
c. Deméritos:
Consiste en la aplicación de una cantidad de puntos negativos a cada falta leve que se cometa, la reincidencia en cualquier falta leve, se sancionará con la aplicación del doble demérito.
d. Las sanciones arriba indicadas se aplican sin orden de precedencia.
e. La siguiente Tabla corresponde a las Faltas Leves con sus respectivos deméritos:
No. F A L T A S DEMERITOS
1. Llegar a formación o actividad programada después de la hora indicada hasta un máximo de 10 minutos. 2
2. Llegar a formación o actividad programada después de la hora indicada entre 11 y 14 minutos. 5
3. Salir de clases sin autorización. 3
4. Demostrar desacuerdo a disposiciones 3
5. No prestar atención en clases 2
6. Falta de consideración con sus compañeros. 2
7. No cumplir con las instrucciones del Jefe de Curso. 2
8. Usar teléfonos no autorizados y tener teléfonos móviles en el aula de clases y formación. 3
9. Entrar en áreas restringidas sin autorización. (Edificios Administrativo del ISEP.) 5
10. Abandonar el material didáctico. 3
11. Remover instrucciones, boletines, programas, etc, de los tableros, sin autorización. 5
12. No guardar orden y compostura dentro y fuera del Campus Universitario. 2
13. Descuidar su aspecto personal. 2
14. No usar el corte de cabello reglamentario excepto los que padecen de calvicie. 2
15. Tirar colillas de cigarro, basura, etc., en lugares no destinados al efecto. 3
16. Usar anteojos oscuros en clase (excepto cuando se hace por prescripción médica). 2
17. Usar sin autorización el equipo de instrucción en actividades que no sean propias de la misma. 3
18. Extraviar materiales que se le hayan facilitado en calidad de préstamo (reposición del artículo mas los deméritos correspondientes). 5
19. Deteriorar la propiedad y bienes del Campus Universitario. 5
20. No respetar la Cadena de Mando. 5
21. Emplear Personal Auxiliar o Técnico del ISEP sin autorización para ordenar encomiendas o mensajes para asuntos particulares. 2
22. Leer en clase revistas, periódicos o cualquier otro material no relacionado con la materia que está tratando el catedrático. 5
23. Usar el Uniforme en forma antirreglamentaria. 2
24. Negligencia en el Servicio de Atención en el Aula. 2
25. Falta de cortesía con el Catedrático. 3
26. Llegar tarde a clase o prueba hasta 5 minutos injustificable. 1 demérito por minuto.
27. Dormirse en clases. 2
28. Reprobar el examen del Manual del Alumno. 7
29. Llegar tarde a recibir servicio, hasta 15 minutos sin justificación. 1 demérito por minuto.
30. Llegar tarde a cualquier actividad programada por parte del ISEP, incluyendo actividades extra-horarios de clases por un tiempo de 15 minutos.- El exceso a este tiempo convierte ésta falta en una grave y deberá aplicarse la sanción a que hubiere lugar. 1 demérito por minuto.
31. No atender las instrucciones académicas, impartidas por el catedrático. 5
32. No entregar la hoja de evaluación de asignatura. 5
33. Omitir el nombre en el talón de identificación de los exámenes. 3
34. No reportar cambio de Dirección. 2
35. Firmar el examen sin autorización del supervisor. 3
36. No llevar todo el material indispensable para la realización del examen. 5
37. Reclamar sin justificación, durante la crítica de un examen. 4
38. Negligencia en el Servicio al cual ha sido asignado. 7
39. Faltar el respeto al Jefe de Curso. 5
40. Poner señal o firma que identifique al Oficial Alumno (a) en los exámenes. 5
41. Hablar o pasar información a un compañero en examen. 5
42. Fumar en los salones de clase y la biblioteca. 3
43. No guardar silencio en los pasillos y espacios del campus del ISEP cuando se imparten clases o exámenes. 5
44. Utilizar términos indecorosos en su lenguaje. 5
45. Ausencia de la capital sin la autorización correspondiente. 5
46. Practicar juegos de azar dentro del Campus Universitario. 5
47. Irrespetar la Cadena de Mando en asuntos de carácter personal y oficial fuera del ISEP 5
48. Recibir servicio después de 15 minutos de la hora programada. (Se computará el doble de demérito). El Doble de demérito.
49. No cumplir una orden emanada de una autoridad del Campus Universitario. 10
50. Abandonar sin autorización las instalaciones del Campus Universitario. 5
51. Abandonar una clase, salir del campo de instrucción o de una función sin autorización. 5
52. Plagiar o utilizar trabajos ya elaborados sobre asignaturas que existen en la hemeroteca del ISEP. 5
53. Valerse de un pariente para evadir el servicio al cual ha sido asignado. 10
La Tabla anterior sirve de base para sancionar las Faltas Leves de Conducta de los Oficiales Alumnos (as), cualquier otra falta no prevista en la Tabla, podrá tipificarse por analogía, con las ahí numeradas.
2. Faltas Graves:
a. Suspensión del Permiso de Salida.- Consiste en la permanencia del alumno (a) dentro de la instalación del Campus Universitario, por el término máximo de 8 días decretado por el Consejo Académico.
b. Suspensión de la Beca.- Consistirá en la privación parcial o total del monto de la beca que el oficial alumno(a) goce por un máximo de 30 días.
c. Separación.- Consiste en la privación temporal del derecho a continuar y finalizar el evento educativo.- La separación puede producirse por razones de orden académico, disciplinario u otras de fuerza mayor.
1) La separación por razón académica y disciplinaria se produce por la comisión de faltas graves.- En éste caso será una separación obligatoria: Cuando la separación sea por razones académicas, el Oficial Alumno(a) podrá regresar al siguiente evento educativo y si es por razón disciplinaria regresará hasta el evento educativo posterior al siguiente y en este caso el Consejo Académico analizará la gravedad del problema.
Cuando el Oficial alumno(a) separado por razones académicas regrese y se tratase del mismo evento educativo y con la misma orientación, su condición durante el evento educativo será de oyente, obligado a participar en todas las actividades programadas y no programadas, a cursar y aprobar las asignaturas que le falte así como todos los demás requerimientos del evento educativo, sin goce de la beca y solo sustentará la prueba en la que demostró bajo rendimiento académico y las que le faltaren por cursar, si el evento fuese diferente el oficial alumno(a) es y se considerará para todos los efectos como un alumno(a) regular.
Si la separación se dá por causas disciplinarias, el alumno(a) separado tendrá derecho a participar en el evento posterior al siguiente, sin goce de beca, si fuese el mismo evento educativo y con la misma orientación, su condición durante el evento educativo será de oyente, obligado a participar en todas las actividades programadas y no programadas, a cursar y aprobar las asignaturas que le faltan, así como todos los demás requerimientos del evento educativo.
2) La separación por razones de fuerza mayor o caso fortuito se producen por:
a) Enfermedad física o mental.
b) Necesidades del servicio.
c) Cualquier otra que se estime conveniente a criterio del Consejo Académico.
3. Se consideran Faltas graves las siguientes:
a. Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos, portando uniforme.
b. Utilizar medios ilícitos para justificar la ausencia a actividades programadas por el ISEP.
c. Reclamar o hacer peticiones individuales o de grupo en forma irrespetuosa.
d. No cumplir con el pago de sus obligaciones con el ISEP.
e. Reincidir en la comisión de una falta leve (de tres en adelante).
f. Tomar prendas ajenas sin autorización.
g. Discutir temas clasificados. ( no guardar la secretividad del caso).
h. Solicitar contribución a catedráticos y conferencistas para realizar actividades del evento educativo de otros aspectos particulares a nombre del ISEP.
i. Liarse a golpes con cualquier miembro de la comunidad estudiantil del Campus Universitario.
j. Negarse a dar información para facilitar la investigación de problemas a solucionar.
k. Reprobar una materia en el examen de recuperación.
l. No presentarse a una o más pruebas sin justificación.
m. Falta de respeto a un catedrático.
n. Extralimitarse en la cantidad de deméritos permitidos.
o. Intimar con el personal auxiliar femenino y masculino del Campus Universitario dentro y fuera de la misma.
p. Protagonizar escándalo público dentro y fuera del Campus Universitario.
q. Presentarse a las actividades programadas dentro y fuera del Campus Universitario en estado de ebriedad o bajo los efectos del uso de drogas o estupefacientes de uso ilegal. (se exceptúan las autorizadas por facultativos).
r. Utilizar recursos o medios ilícitos en la ejecución de pruebas u otro trabajo calificado, ya sean estos individuales o de grupo (Falta de Decoro Académico).
s. Recibir, solicitar o dar información a otros oficiales alumnos(as) por cualquier medio en la Sala de Clase o fuera de ésta durante la realización de una prueba formal o prueba corta.
t. Usar material, equipo, fichas, apuntes, notas de referencia, manuales, etc., no autorizados por el catedrático, durante la realización de una prueba formal o prueba corta.
u. Falsificar o modificar notas o respuestas de una prueba durante la crítica de la misma.
v. Calumniar, difamar y propagar rumores que agravien el honor y prestigio de cualquier catedrático y demás miembros del Campus Universitario.
w. Sobornar o intentar sobornar a un catedrático, oficiales, personal auxiliar o escala básica del Campus Universitario, directa o por medio de terceras personas, para obtener ventaja y mejores evaluaciones, información o material clasificado.
x. Complicidad en la comisión de faltas muy graves.
y. Faltar continuamente a clase por más de siete (7) horas hábiles sin reportar las razones al ISEP.
z. Inducir a sus compañeros a actos contrarios a las normas de disciplina.
aa. Exteriorizar conceptos que en forma directa o veladamente signifique crítica a las acciones y disposiciones de un superior.
bb. No presentarse (totalmente) a una clase, tarea o actividad programada por el ISEP sin justificación.
cc. No presentarse a la Ceremonia de Inauguración.
dd. Incurrir en comisión de falta o delito que dé lugar a procedimiento judicial.
ee. No recuperar la prueba de suficiencia física en el período establecido o en los plazos ampliados por el Consejo Académico.
ff. Todas aquellas faltas o delitos dolosos que tengan en curso la acción judicial y que el Juzgado o Tribunal respectivo le haya dictado medidas cautelares, pudiendo reingresar a un nuevo evento educativo, si fuese declarado sobreseído definitivamente.
4. Faltas Muy Graves:
a. Expulsión:
Se efectúa cuando la permanencia del Oficial Alumno(a) se vuelve incompatible con el régimen disciplinario vigente, debido a la comisión de faltas muy graves.- El expulsado no podrá reingresar al ISEP, bajo ninguna condición.
5. Se consideran Faltas muy Graves las siguientes:
a. Agredir físicamente a un catedrático o un miembro del Campus Universitario.
b. Amenazar a muerte a un catedrático o un miembro del Campus Universitario.
c. Allanamiento a oficinas de éste centro de estudios policiales, con propósitos de sustraer o alterar materiales e información personal.
d. Posesión y uso de drogas o cualquier tipo de estupefacientes o psicotrópicos.
e. Amenazar a muerte a un compañero, con arma de fuego, armas blancas u otras.
f. Ejecutar actos que comprometen la seguridad o reputación del Campus Universitario, como ser:
1) Hacerse acompañar de personas extrañas con actitud riesgosa o de reputación dudosa en las instalaciones del Campus Universitario.
2) Que durante su servicio o fuera de éste reciba visitas y ejecute actos reñidos con la moral y las buenas costumbres y el prestigio del Campus Universitario; siendo de mayor gravedad cuando se encuentre en servicio.
g. Abandonar el destino en una actividad programada por el ISEP.
h. Golpear a un compañero, ocasionándole lesiones, fracturas u otros, y daños materiales a los bienes y propiedades de la población estudiantil y los miembros del Campus Universitario.
i. Otras que a criterio del Consejo Académico sean tipificadas como faltas muy graves.
j. Otras que estén contempladas en las Leyes y Reglamentos Vigentes de la Policía Nacional, así como la Ley de Policía y de Convivencia Social.
CAPITULO IV
DEL PROCEDIMIENTO
ARTICULO 39:
El procedimiento para la aplicación de sanciones a los alumnos(as) que por acción u omisión transgredan la normativa disciplinaria y académica del ISEP se estará dispuesto a lo siguiente.
SECCION I
DE FALTAS LEVES
ARTICULO 40:
A. PARA LLAMADO DE ATENCION EN PRIVADO.- Presentado un informe verbal o escrito sobre la conducta irregular de un oficial alumno (a) dentro y fuera del Campus Universitario reportada a un oficial de planta éste lo hará del conocimiento del Director del ISEP, quién por la vía de apremio procederá a llamar la atención al oficial infractor dejando constancia por escrito en el expediente estudiantil respectivo.
B. PARA LLAMADO DE ATENCION EN PUBLICO.- Cuando un oficial alumno (a) cometa una falta leve será llamado por el Director del ISEP o quien haga las veces de este el que hará el llamado de atención en forma publica sobre la irregular conducta de este, dejando constancia por escrito en el expediente estudiantil respectivo.
C. PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS DEMERITOS.- Una vez que se conozca la comisión de una falta por parte de un oficial alumno (a), la autoridad sancionadora le comunica al jefe de curso o al oficial alumno (a) la infracción cometida y el primero lo elevará a conocimiento del jefe de la Unidad de Administración Estudiantil quién elaborará el documento (original y copia) que contenga la sanción impuesta y lo entregará al oficial sancionado dentro del término máximo de 48 horas hábiles dejando constancia de recibido.
Si la sanción es comunicada directamente al oficial alumno (a), éste le reportará inmediatamente al jefe de curso, quien ejecutará el procedimiento arriba establecido.
La comunicación de deméritos a un oficial alumno (a) no constituye una sanción definitiva ya que la misma puede derivar en una falta grave o muy grave.
Se considera autoridad sancionadora cualquier oficial del Campus Universitario.
ARTICULO 41.- DE LAS FALTAS GRAVES:
Conocida la comisión de una falta por un oficial alumno (a), el procedimiento para conocer y resolver sobre la misma será el siguiente:
a. La Dirección del ISEP, estando en autos de la falta o faltas cometidas por un oficial alumno (a) procederá así:
1. Nombrará el representante a la autoridad nominadora para la respectiva audiencia de descargo quién en los plazos establecidos desarrollará la misma y hará las conclusiones y recomendaciones respectivas.
2. Una vez finalizada la audiencia de descargo deberá ser remitida al Director del ISEP quien convocará al Consejo Académico para emitir la resolución respectiva.
3. Una vez emitida la resolución se le notifica al Oficial Alumno(a) inculpado, dejando constancia de su recepción y publicándose además en la tabla de avisos.
4. Si el Oficial Alumno (a) inculpado se negare a firmar la resolución, acto seguido el Secretario General del ISEP dejará constancia en la misma.
5. Ante las resoluciones del Consejo Académico, el Oficial Alumno(a) inculpado podrá interponer el recurso de Reposición ante el Consejo Académico y de Apelación ante el mismo, quien lo elevará ante la Dirección General de Educación Policial en tiempo y forma, según lo manda la Ley de Procedimiento Administrativo.
6. Las audiencias de descargo no constituyen sanción si no que es el medio para ilustrar y conformar el conocimiento del órgano que conoce y resuelve el caso y para el presunto inculpado es el medio para presentar los medios de pruebas las alegaciones correspondientes y que se le respete su derecho de defensa.
ARTICULO 42.- FALTAS MUY GRAVES:
Conocida la comisión de una falta por un oficial alumno (a), el procedimiento para conocer y resolver será la misma que establece el Artículo 44.
En caso de acciones constitutivas de delito el Oficial Alumno(a) será remitido a la autoridad correspondiente de acuerdo al Código Procesal Penal y demás Leyes Vigentes.
ARTICULO 43:
Los plazos establecidos en este manual y de la Ley de Procedimiento Administrativo, son obligatorios para los interesados y para el ISEP.- Las notificaciones como los plazos empezaran a correr desde el día siguiente en que tuviera lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
ARTICULO 44:
Transcurrido un plazo, quedara caducado de derecho y perdido irrevocablemente el trámite o recurso que hubiere dejado de utilizarse sin necesidad de apremio, haciéndose constar de oficio el transcurso del término y continuándose el procedimiento respectivo.- Sin embargo se admitirá el escrito o recurso que proceda y producirá efectos, cuando se presente antes o dentro del día en que se notifique el acto en que se tenga por transcurrido el caso.
Los recursos de Reposición y Apelación podrán fundarse en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, cuando el interesado inste un órgano que no le corresponde conocer y resolver el recurso que se intentare, éste se denegará por improcedente para lo cual dispone de un plazo de 10 días hábiles.
El representante de la autoridad nominadora y/u órgano competente de oficio o a petición de parte interesada, podrá abrir el caso a pruebas por un término no mayor a 10 días hábiles cuando estimare que los elementos reunidos en las actuaciones no son suficientes para resolver el recurso.
El órgano que resuelva el recurso decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y cuantas se deriven del expediente, según lo establece el artículo 135 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
ARTICULO 45:
El Recurso de Reposición se presentara ante el propio órgano que dicto la resolución o acto impugnado, para lo cual el interesado podrá pedirlo dentro de los 10 días siguientes al de la notificación de la resolución o del acto impugnado, la resolución de recurso se notificará 10 días después de la notificación de la ultima providencia, transcurridos dicho término se entenderá desestimado recurso.
ARTICULO 46:
El Recurso de Apelación se presentará ante el órgano que dictó la resolución o acto impugnado, y este lo remitirá al superior para su decisión, junto con el expediente y su informe en el plazo de 5 días. – El interesado podrá dentro de un plazo de 15 días interponer el Recurso de Apelación.- Transcurrido un mes desde la interposición de recurso sin que se hubiera notificado su resolución se entenderá por desestimado el recurso.
ARTICULO 47:
Cualquier aspecto disciplinario tipificado como grave o muy grave, no incluido en el presente manual, el Consejo Académico se debe reunir de emergencia, para su solución de acuerdo al marco legal existente.
HOJA DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA
GRADO Y NOMBRE DEL OFICIAL ALUMNO (A) : _______________________________________________________________
NUMERO DE SERIE PERSONAL : ___________________________ NUMERO DE CUENTA: _____________________________
DIPLOMADO: __________________________________________________________________________________________
HORA Y FECHA DE PRESENTACION: _______________________________________________________________________
INASISTENCIA MOTIVO
DESDE HASTA
ASIGNATURA
___________________________________ ___________________________________
Firma del Oficial Alumno Firma del Oficial Alumno
Jefe de Curso
PUNTOS PERDIDOS Jefe Unidad de Admón. Estudiantil
_________________________________ ___________________________________
Firma Jefe Unidad de Admón. Estudiantil Firma del Señor Sub-Director Académico
__________________________________________
Firma del Señor Director ISEP.
Justificado.
No Justificado.
OBSERVACIONES: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
RECORD DE INASISTENCIA A CLASES
GRADO Y NOMBRE: _____________________________________________________________________________________
NUMERO DE SERIE PERSONAL: ___________________________ NUMERO DE CUENTA: _____________________________
DIPLOMADO: __________________________________________________________________________________________
TOTAL HORAS DE CLASES: _______________________________________________________________________________
INASISTENCIA JUSTIFICADA: _____________________________________________________________________________
INASISTENCIA INJUSTIFICADA: ___________________________________________________________________________
VALOR EN PUNTOS: ____________________________________________________________________________________
LUGAR Y FECHA: _______________________________________________________________________________________
TIEMPO ASIGNATURA TIEMPO VALOR EN PTOS. JUSTIFICADOS VALOR EN PTOS. INJUSTIFICADOS T O T A L
LISTA DE SALIDAS PARA SU APROBACION
EL OCOTAL, F.M., ___________ DE ______________________ DE ________
ASUNTO: Lista de Oficiales Alumnos (as) que saldrán de la Ciudad de Tegucigalpa, durante el fin de semana.
AL : Señor Jefe Unidad de Administración Estudiantil ISEP.
No. GRADO Y NOMBRES DIRECCION
Respetuosamente,
____________________________________________
Oficial Jefe de Curso
Vo.Bo. ________________________________________
Director y/o Sub-Director Académico ISEP.
FORMA DE EVALUACIÓN DE LA APRECIACIÓN CONCEPTUAL
I. Instrucción para llenar la Hoja de Evaluación de Apreciación Conceptual:
1. Analice, reflexione e interprete minuciosamente cada uno de los aspectos mencionados en base a los elementos de juicio establecidos, procediendo en forma ecuánime, justa, desapasionada y responsable.
2. Proceda en cada aspecto a otorgar una clasificación general del nivel EXCELENTE, MUY BUENO, BUENO E INSUFICIENTE que a su juicio corresponde al alumno(a), colocando a continuación la clasificación numérica dentro de los límites del nivel de apreciación asignado.
3. Firme la hoja y entréguela al organismo de evaluación para su procesamiento y registro.
II. Aspecto a Evaluar:
1. Actitud solidaria.
2. Participación en las clases.
3. Desempeño en los ejercicios prácticos.
4. Dedicación al estudio.
5. Cooperación con sus compañeros.
6. Cooperación con el instructor.
7. Disciplina.
III. Clasificación General del Nivel:
CALIFICACIONES
ABREVIATURAS
NOTAS
EXCELENTE EXC. 95 A 100%
MUY BUENO M. B. 90 A 94%
BUENO B. 80 A 89%
INSUFICIENTE INS. 0 A 79%
IV. Los Evaluadores tendrán la siguiente ponderación en sus apreciaciones:
Ponderación Conceptual izada
1 Señor Director 1.0
2 Señor Jefe Unidad admón. Estudiantil 2.0
Total.................................................................................. 3.0%
EVALUACIÓN DE LA APRECIACIÓN CONCEPTUAL DEL DIPLOMADO
Curso: _______________________________________________________________________________________________
Período comprendido desde: ________________________________ Hasta______________________________________
No. Grado, Nombres y Apellidos Promedio Observaciones
SOLICITUD DE PERMISO
El Ocotal, F.M., ___________ de _______________________ de ________
ASUNTO: Solicitud de Permiso
A L : Señor Director ISEP.
Su Oficina.
1. Yo, __________________________________________________ del Diplomado _________________________ comparezco ante esa Superioridad, con toda subordinación y respeto y con los pases correspondientes, solicitando permiso para no asistir a las actividades programadas desde___________ hasta ___________ Motivo: _________________________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
2. Respetuosamente,
______________________________________ _________________________________________
Firma del Solicitante Firma del Oficial Jefe de Curso
_____________________________________ _________________________________________
Firma Jefe Unidad de Admón. Estudiantil ISEP. Firma Señor S/Director Académico ISEP.
___________________________________________
Firma del Señor Director ISEP.
HOJA DE ASISTENCIA
ASIGNATURA : _______________________________________________________________
FECHA : _______________________________________________________________
HORAS PROGRAMADAS : _______________________________________________________________
HORAS SERVIDAS : _______________________________________________________________
DIPLOMADO : _______________________________________________________________
PRESENTES
AUSENTES
PERMISOS
ENFERMERIA
MISIÓN
TOTAL
OBSERVACIONES: ____________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________
_______________________________
Firma del Catedrático
RECORD DE CONDUCTA DEL OFICIAL ALUMNO
GRADO : _______________________________________________________________
NOMBRE : _______________________________________________________________
No. DE SERIE PERSONAL : _____________________ No. DE CUENTA:____________________________
DIPLOMADO : _______________________________________________________________
No. FALTA FECHA DEMERITOS PUNTOS
LISTA DE ARTÍCULOS QUE DEBE TRAER EL OFICIAL ALUMNO (A) QUE PARTICIPA EN UN EVENTO EDUCATIVO DEL ISEP.
1. Uniforme “C”
2. Uniforme “H” (Fatiga)
3. Uniforme Diario D-1
4. Trajes Formales.
5. Calculadora (de ser posible).
6. Zapatillas negras.
7. Botas y Ligas.
8. Peine Pañuelo y Cortaúñas.
9. Tenis Blancos.
10. Equipo Individual Asignado.
11. Uniforme de Física color gris.
12. Calcetas color Blanco.
13. Traje de Baño.
14. Sacapunta de bolsillo.
15. Borradores de papel (líquido y sólido).
16. Libretas para apuntes en clase.
17. Lápices de grafito.
18. Regla de 12 pulgadas.
19. Engrapadora (de ser posible).
20. Perforadora (de ser posible).
Cualquier consulta adicional sobre el particular puede solicitarla al Departamento Académico.
Entre otros son éstos algunos de los artículos que todo Oficial debe llevar consigo cuando sea seleccionado para realizar estudios en éste Centro de Estudio de Educación Superior.
HIMNO A LA POLICIA NACIONAL
LETRA Y MUSICA: ALBERTO VALLADARES
CON LA LEY POR ESTANDARTE Y EL VALOR POR COMPAÑERO
MARCHAREMOS ADELANTE CON EL ORGULLO EN EL PECHO DE
SER GUARDIANES DEL ORDEN LA JUSTICIA Y EL DERECHO.
EL LAUREL DE LA VICTORIA SEA PREMIO MERECIDO
EN EL DUELO CON LAS SOMBRAS DONDE SE NUTRE EL DELITO
Y SEA NUESTRA LA GLORIA DEL DEBER SIEMPRE CUMPLIDO
DESCANSAD PUEBLO HERMANO QUE TU SUEÑO VELAREMOS
CON EL CELO VIGILANTE DEL QUE HA JURADO SU EMPEÑO
DE SACRIFICAR SU SANGRE PARA PROTEGER SU PUEBLO.
CON LA LEY POR ESTANDARTE Y EL VALOR POR COMPAÑERO
MARCHAREMOS ADELANTE CON EL ORGULLO EN EL PECHO
DE SER GUARDIANES DEL ORDEN, LA JUSTICIA Y EL DERECHO.
El presente Manual del Alumno, entra en vigencia a partir del 8 de enero del 2007 Su cumplimiento es obligatorio para cada alumno del ISEP, que se encuentre cursando estudios en el mismo.
El Ocotal, F.M 8 de enero del 2007
______________________________________________
Com. y Lic. Marco Arnaldo Herrera Rodríguez
Director General de Educación Policial
____________________________________________
Sub-Com. y Abog. José Francisco Murillo López
Director y Presidente del Consejo Académico ISEP
_____________________________________
Abog. Reydilio Reyes Sorto
Secretario General ISEP
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Pensamientos |
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Educación Integral Policial |
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